¿Qué pasa si no presento mi declaración anual y quiénes están obligados a hacerlo?

La declaración anual, de acuerdo al Sistema de Administración Tributaria (SAT), es el documento oficial con el que un contribuyente presenta información referente a sus operaciones efectuadas en un periodo determinado. Es una obligación adquirida por los contribuyentes (personas físicas y morales) al momento de comenzar a percibir ingresos por cualquier medio, ya sea un empleo formal, informal, del sector privado o gubernamental.

Existen diversos tipos de declaraciones fiscales, dependiendo el régimen fiscal del contribuyente, de acuerdo al artículo 150 de la normativa del SAT, establece que «Las personas físicas que obtengan ingresos en un año de calendario, a excepción de los exentos y de aquéllos por los que se haya pagado impuesto definitivo, están obligadas a pagar su impuesto anual mediante declaración que presentarán en el mes de abril del año siguiente, ante las oficinas autorizadas.»

¿Quiénes están obligados a presentar su declaración?

Están obligados a presentar su declaración, las personas físicas que:

  • Tienen ingresos mayores a 400 mil pesos al año.
  • Trabajan para dos o más patrones en el mismo año fiscal aunque no se haya rebasado el pago de 400 mil pesos.
  • Cuando se solicita al patrón que no presente tu declaración anual.
  • Presten servicios a personas que no tienen retención de impuestos, como embajadas.
  • Personas que tienen ingresos acumulables, como honorarios, el arrendamiento y actividades empresariales.
  • Personas que tuvieron ingresos por jubilación, pensión o liquidación.

¿Qué pasa si estoy obligado a presentar mi declaración fiscal y no lo hago?

La fecha límite para presentar tu declaración anual del ejercicio fiscal 2022 para personas morales es el 31 de marzo y para personas físicas es el 30 de abril.

El hecho de no presentar tu ejercicio fiscal puede ser considerado como una defraudación ante el SAT, lo que trae como consecuencia desde multas económicas hasta prisión de meses o años, dependiendo el monto no declarado.

La persona responsable de omitir presentar por más de 12 meses las declaraciones, así como las de un ejercicio fiscal que exijan las leyes fiscales, dejando de pagar la contribución correspondiente serán acreedoras a sanciones equivalentes a las de una defraudación fiscal. (Artículo 109, fracción V, del Código Fiscal de la Federación (CFF).

Sin embargo, no significa que el contribuyente irá de inmediato a prisión si no presentó su declaración ante el SAT, el proceso solo aplica en caso de que el monto no declarado supere el millón 932 mil 330 pesos.

En caso de que se supere la cantidad mencionada, las sanciones por no presentar la declaración anual ante el SAT son las siguientes:

  • Prisión de tres meses a dos años, cuando el monto de lo defraudado no exceda de 1 millón 932 mil 330 pesos.
  • Prisión de dos años a cinco años cuando el monto de lo defraudado exceda de 1 millón 932 mil 330 pesos pero no de 2 millones 898 mil 490 pesos.
  • Prisión de tres años a nueve años cuando el monto de lo defraudado fuere mayor de 2 millones 898 mil 490 pesos.

Si el monto que el contribuyente no declaró ante el SAT no supera la cantidad mencionada, se aplicarán las siguientes sanciones:

  • Por cada obligación presentada fuera del plazo, o por incumplir requerimientos pueden tener una multa que va desde los mil 400 pesos a los 34 mil 730 pesos.
  • Si el contribuyente está obligado a presentar sus declaraciones por internet y no lo hace, lo realiza fuera de plazo o no cumple con los requerimientos, puede derivar en una multa que va desde los 14 mil 230 a los 28 mil 490 pesos.

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