Como lo habíamos mencionado con anterioridad, el Sistema Electrónico Aduanero (SEA) había fijado el próximo 1 de octubre para la entrada en vigor de la nueva transmisión de datos de Carta Porte por parte de los contribuyentes, esta obligación estaba prevista en un inicio, entrar en vigor el 31 de marzo, pero había sido extendida al próximo mes de octubre mediante anteproyectos de reforma a las Reglas Generales de Comercio Exterior (RCX).
Sin embargo, el pasado 9 de septiembre del presente año, se confirmó el plazo y la nueva fecha de entrada en vigor para esta obligación en la publicación del 1er Anteproyecto de II Modificación a Reglas de Comercio Exterior 2022. Todo esto indica, que a partir del 1 de enero de 2023 todos estos datos deben ser presentados en los correspondientes sistemas, conforme al mecanismo que a continuación se muestra:
Supuesto | Dato a transmitir | Plataforma a utilizar | Fundamento en RCX |
Transmisión de información por concesionarios de transporte ferroviario, excepto residentes en el extranjero sin establecimiento permanente u operaciones despachadas en pedimento consolidado. | Folio fiscal del CFDI con CCP | Ventanilla digital | 1.9.11., fracción I, inciso b), numeral 8 |
Activación del mecanismo de selección automatizado para el despacho de las mercancías. | Folio fiscal del CFDI con CCP | SEA | 2.4.12., fracción I, inciso f) |
Agentes aduanales, agencias aduanales, apoderados aduanales, importadores o exportadores obligados a consignar información del pedimento en el dispositivo tecnológico. | Folio fiscal del CFDI con CCP | Dispositivo tecnológico | 3.1.15., fracción V |
Presentar ante el mecanismo de selección automatizado el aviso consolidado en dispositivo tecnológico. | Folio fiscal del CFDI con CCP | Dispositivo tecnológico | 3.1.32., fracción VIII y penúltimo párrafo |
Activación del mecanismo de selección automatizado para el despacho de las mercancías. | Folio fiscal del CFDI con CCP | SEA | 3.1.33., fracción I, inciso g) |
Concesionarias de transporte ferroviario que realicen el traslado de mercancías destinadas al régimen de tránsito interno e internacional. | Folio fiscal del CFDI con CCP | Ventanilla digital | 4.6.8., fracción II, inciso h) |
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