Como lo informamos con anterioridad, una nueva publicación acerca de la incorporación de la clave “04″ al catálogo «objeto impuesto» del CFDI 4.0, causó controversia ya que no se sabia si el objeto es motivo de impuesto o no causa impuesto, se ha comentado que desafortunadamente, el estándar no hace ninguna precisión más allá del texto plasmado.
El pasado 10 de octubre, la autoridad SAT, en un comunicado emitido hacia los proveedores autorizados de certificación (PAC), informó que la clave «04» se utiliza cuando existen «ingresos que son objeto del IVA, sin embargo, no lo causan». Esta información causó intriga y confusión entre los contribuyentes ya que para efectos de IVA el objeto del impuesto no son los ingresos, sino los actos o actividades. Si descartamos que la propia ley del IVA contempla actos o actividades y no como tal ingreso, aun así, es motivo de confusión el saber a quiénes o en qué casos se debe aplicar esta nueva clave.
Con fecha 14 de octubre de 2022 la autoridad por fin incluye una pregunta frecuente en su página de Internet, en donde establece lo siguiente:
¿En qué supuestos se debe utilizar la clave 04 (Sí objeto del impuesto y no causa impuesto) del catálogo c_ObjetoImp?
Se utiliza cuando las operaciones que ampara el CFDI son objeto del Impuesto al Valor Agregado y no lo causan, por ejemplo: los intereses reales que se obtiene conforme al procedimiento descrito en el artículo 18-A, tercer párrafo, fracción I, inciso b) de la Ley del Impuesto al Valor Agregado.
Dicha publicación no fue suficiente para la población y aún siguen confundidos con el motivo real de aplicar la nueva clave al catálogo, y sigue persistiendo duda respecto a en qué situaciones concretas será utilizada, por lo que se espera se actualice la información con nuevas noticias respecto al tema, se recomienda a todos los contribuyentes que actualicen su Guía de Llenado donde haga una amplia explicación, con más ejemplos respecto a en qué casos se deberá utilizar la clave “04.