Para los CFDI´s de Comercio Exterior el complemento de Carta Porte será exigible a partir del 31 de marzo del 2022

El día de hoy, 24 diciembre del 2021 se publica en el DOF las Reglas Generales de Comercio Exterior para 2022 y su anexo 13. En el Transitorio Primero Fracción segunda dice lo siguiente:

II. Lo dispuesto en las reglas 1.9.11., fracción I, inciso b), numeral 8; 2.4.12., fracción I, inciso f); 3.1.15. fracción V; 3.1.32., fracción VIll y penúltimo párrafo; 3.1.33., fracción I, inciso g); y 4.6.8., fracción II, inciso h), en lo relativo al folio fiscal del CFDI de tipo ingreso o tipo traslado, según corresponda, con complemento Carta Porte, será exigible a partir del 31 de marzo de 2022.

Los contribuyentes que realizan operaciones de Comercio Exterior ya podrán disfrutar tranquilamente su cena navideña. No habrá necesidad de incorporar el complemento de Carta Porte hasta el 31 de marzo del siguiente año.

Descarga el comunicado completo para revisar su contenido aquí: https://drive.google.com/file/d/1ioVHb9jOtBA6bjlPY66Ba8WW4JHYv0-Y/view

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