Con fecha 25 de abril pasado, se publicó en el DOF la Segunda Resolución de Modificaciones a la RMF 2023 y sus anexos 1, 1-A, 3, 9, 14, 15 y 23 en la que se dieron a conocer algunos ajustes a la RMISC 2023, entre los que más destacan son los siguientes:
En la regla 1.4 – Presunción de operaciones inexistentes o simuladas
En la regla 2.1.37 – Opinión del cumplimiento de obligaciones fiscales
En la regla 2.4.15 – Información de socios o accionistas
Proveedores de certificación de los CFDI
Se efectúan cambios en las reglas sobre los términos siguientes:
- se derogan algunos requisitos para la obtención de la certificación como lo es tener autorización para para ocupar el logo del SAT y que la persona moral no haya sido amonestada en tres ocasiones o más de conformidad con la regla 2.7.2.11
- ajuste en las fechas para la renovación de los proveedores de certificación
- autorización para operar como proveedor de certificación tendrá vigencia durante los dos ejercicios fiscales siguientes a aquel en el que se notifique el oficio de autorización (antes un ejercicio).
Para conocer más, descargue el documento oficial dando clic en el siguiente enlace: https://www.indiciumsolutions.com.mx/wp-content/uploads/2023/05/3ra_Version_Anticipada_2daRMRMF_2023.pdf