SAT publicó modificaciones a las reglas del complemento de Carta Porte.

complemento Carta Porte

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) dio a conocer el 29 de septiembre la Tercera Versión Anticipada de la “Tercera Resolución de Modificaciones de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2021”, la cual puede descargar aquí: https://bit.ly/3l0NIIn

Los principales cambios identificados del CFDI y el Complemento Carta Porte son los siguientes:

I. Requisitos de las representaciones impresas del CFDI

Regla 2.7.1.7 de la RMF para 2021.

Se modifica el inciso a) de la fracción VII, para referir el fundamento de la fracción VI de la regla 2.7.4.4.

Se adiciona la fracción IX para mencionar que en la representación de impresa del CFDI + Complemento Carta Porte deben incluirse los datos señalados del instructivo de llenado de la carta porte.

II. CFDI de tipo ingreso con el que se acredita el transporte de mercancías

Regla 2.7.1.9 de la RMF para 2021.

Se modifica este dispositivo para referir el procedimiento de la emisión del CFDI tipo ingreso.

El primer párrafo contempla los servicios de transporte general, especializado y los servicios de paquetería y mensajería, de grúas de arrastre y de grúas de arrastre y salvamento y depósito de vehículos, así como de traslado de fondos y valores o materiales y residuos peligrosos, entre otros servicios.

Continúa considerando los tipos de tráficos terrestre, férrea, marítima o aérea.

Asimismo, el CFDI + Complemento Carta Porte deberá reunir los requisitos normativos, el cual amparará la prestación del servicio y acreditará el transporte y legal estancia de los bienes o mercancías.

El segundo párrafo menciona que el transportista tiene la factibilidad de acreditar con el CFDI tipo ingreso la legal estancia y tenencia de las mercancías, siempre que se declare el número de pedimento de exportación.

El tercer párrafo menciona que la transportación de hidrocarburos y petrolíferos deberá acompañarse con el CFDI de ingreso incorporando los complementos carta porte y el de hidrocarburos y petrolíferos.

El cuarto párrafo establece que el sujeto obligado debe expedir el CFDI + complemento carta porte con los requisitos normativos.

El quinto párrafo indica que cliente o contratante se encuentra obligado a proporcionar la información exacta al transportista relacionado con el traslado de las mercancías.

Por último, el sexto párrafo menciona que en el supuesto que realice el movimiento de mercancías sin cumplir con el CFDI o los complementos señalados no reúnan las especificaciones, el proveedor del servicio y el cliente serán responsables ante la autoridad competente.

III. Nuevas disposiciones para servicios especializados

Adicionalmente, fueron incorporadas 7 nuevas disposiciones que segmentan la utilización del CFDI, incluyendo o no el complemento carta porte de acuerdo con los supuestos que se indican a continuación:

Regla              Descripción

2.7.1.51.         CFDI con el que los propietarios, poseedores, tenedores, agentes de transporte o intermediarios pueden acreditar el traslado de bienes o mercancías.

2.7.1.52.         Traslado local de bienes o mercancías.

2.7.1.53.         Emisión de CFDI con complemento Carta Porte en la prestación de servicios de paquetería o mensajería.

2.7.1.54.         Emisión de CFDI con complemento Carta Porte en la prestación de servicios de traslado de fondos y valores a nivel local.

2.7.1.55.         Emisión de CFDI con complemento Carta Porte en la prestación de servicios de grúas, servicios auxiliares de arrastre y salvamento a nivel local.

2.7.1.56.         Emisión de CFDI con complemento Carta Porte en la prestación de servicios de transporte o distribución de hidrocarburos o petrolíferos a nivel local.

2.7.1.57.         Emisión de CFDI con complemento Carta Porte en la prestación de servicios de transporte consolidado de mercancías.

El uso del complemento de la carta porte fue prorrogado al 1 de diciembre de 2021 y la expedición del citado complemento, cumpliendo con la estructura e instructivo de llenado emitido por el SAT se extendió hasta el 1 de enero de 2022.

El uso del complemento de la carta porte fue prorrogado al 1 de diciembre de 2021 y la expedición del citado complemento, cumpliendo con la estructura e instructivo de llenado emitido por el SAT se extendió hasta el 1 de enero de 2022.SAT publicó modificaciones a las reglas del complemento de Carta Porte.
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