| |
A petición de nuestros lectores y nuevos prospectos con los que hemos entablado una relación para ser evaluados como posibles proveedores de su sistema de facturación electrónica, en este número volvemos a abordar el tema de la certificación de soluciones por parte del SAT así como la propagación de venta de soluciones que se presentan como soluciones para emisión por medios propios cuando en realidad son proveedores de servicio de emisión de CFD y no cuentan con la debida autorización para ello.
Al respecto les podemos comentar que aproximadamente 800 empresas, de las más grandes emisoras de facturas con permiso de auto-impresión, en las últimas semanas han sido notificadas por el SAT acerca de la pérdida de vigencia de sus permisos como auto-impresores los cuales serán válidos hasta la próxima publicación de la RMF para 2009, lo cual se estima tendrá lugar el mes de Abril o Mayo del año próximo.
La disyuntiva será regresar a la impresión de facturas en formas pre-impresas o dar el paso a la facturación electrónica.
Es interesente ver la reacción de algunas de estas empresas que aún ven con escepticismo que efectivamente el SAT haga válida dicha derogación. Algunas otras esperan que haya una extensión del plazo, y algunas más, en su mayoría Corporativos importantes, han encomendado a sus áreas estudiar el caso para determinar la posibilidad de gestionar un amparo.
Afortunadamente la gran mayoría del grupo de empresas que cuentan con un permiso de auto-impresión, finalmente han asignado recursos humanos y financieros para tomar las medidas necesarias a fin de adoptar como parte de sus procesos, la facturación electrónica.
La primera decisión a considerar es si la emisión se hace por medios propios o se usan los servicios de un tercero autorizado por el SAT.
Para la emisión por medios propios, existen aproximadamente 63 opciones en el mercado, de las cuales solamente 15 han sido validadas por la Asociación Mexicana de Estándares en Comercio Electrónico (AMECE) y no requieren de un permiso especial por parte del SAT para implementar un sistema de este tipo ( www.amece.org.mx )
La emisión por medios propios se perfecciona cuando la empresa que usará un sistema de este tipo adquiere una solución que se integra a su propia infraestructura, pide por lo menos un sello digital y solicita también por lo menos una serie y un rango de folios.
La emisión por medios propios implica que las siguientes tareas se den en los sistemas propios de la empresa:
-
La emisión de los datos fuente de facturación de la empresa en forma sistematizada (no facturas
hechas a mano).
-
La asignación secuencial y no repetida de las series y folios fiscales
-
La generación de la cadena original
-
El cálculo e inclusión del sello digital
-
El resguardo de la factura electrónica (XML), y
-
La afectación contable
Es muy importante validar que estas premisas se cumplan cabalmente porque se han detectado varias soluciones en el mercado que realizan una o varias de estas funciones desde un servidor externo sin que el proveedor haya obtenido un permiso del SAT para fungir como emisor autorizado. (Ver copia de la notificación que el SAT ha enviado a empresas emisoras por medios propios para alertar acerca de esta posibilidad, publicada en este mismo Boletín electrónico).
Cuando una empresa cuenta con todos los elementos en sus propios sistemas para emitir un comprobante fiscal digital (CFD), no requiere ningún permiso especial, ni tampoco lo requiere su proveedor de la solución. Es recomendable sin embargo que el sistema ofrecido por el proveedor haya sido validado por la AMECE en tanto el SAT decida como debe hacer la revisión de este otro grupo de soluciones.
Funcionarios del SAT han expresado públicamente que un sistema de facturación electrónica no debería ser validado, como de hecho no se valida el cumplimiento de las normas contables y/o fiscales de ERP’s como SAP, Oracle Financials, PeopleSoft, e-QAD, JD Edwards, Mapcis, BPCS, o sistemas de contabilidad para la PYME como ASPEL, Control 2000 y otros. La postura oficial es que el contribuyente es responsable directo del cumplimiento de las normas, por lo que aquellos que han firmado una solución de emisión por terceros no-autorizados, son responsables directos del incumplimiento aquí referido.
Por otra parte sin embargo, el hecho que el SAT haya decidido validar a proveedores de servicios externos de emisión de CFD ha creado una necesidad, hasta ahora insatisfecha, respecto a los sistemas que se comercializan para la emisión por medios propios. Estamos seguros que el SAT adoptará medias en el plazo previsible que ayuden a elevar el nivel de certidumbre con el que una empresa adquiere una solución para la emisión de CFD por medios propios.
Cuando una empresa contrata los servicios de un tercero para hacer la emisión de sus facturas apoyados por infraestructura externa, ese proveedor debe contar con la autorización del SAT o el contribuyente está incurriendo en una grave falta que lo podrá en una posición vulnerable ante una eventual auditoria por parte del SAT.
La gran mayoría de empresas corporativas (93%) han adoptado un sistema para hacer la emisión por medios propios.
La gran mayoría de personas físicas con actividad empresarial, micro y pequeñas empresas (98%) han optado por la emisión por medio de un tercero autorizado.
Bien bajo el esquema de emisión por medios propios o bien sea por medio de un tercero autorizado, es un hecho que la factura electrónica en México ha pasado a ser un proyecto importante en las prioridades de un cada vez mayor número de empresas importantes en el corto plazo.
Esta es una buena noticia en todos sentidos porque si bien en otros países alrededor del mundo la iniciativa para facturar electrónicamente es un programa prioritario para los Gobiernos y se asignan recursos multi-millonarios para su impulso, en México se había experimentado un paso lento en el nivel de adopción. La eliminación de los permisos de auto-impresores y las medidas complementarias que el SAT tenga a bien tomar, ha dado y dará el impulso que necesitaba este programa en nuestro país.
Al 31 de Octubre de 2008, son aproximadamente 7,000 las empresas quienes han adoptado el esquema de factura electrónica pero aún con ese modesto grupo de contribuyentes, México ha rebasado en alcance y número de facturas emitidas a países como Chile quien llevaba a México una ventaja de casi 3 años.
La razón del creciente número de facturas electrónicas emitidas en México no es solamente resultado del tamaño de la economía Mexicana y de las importantes empresas que participan en ella, sino en mi opinión, radica en el diseño mismo del programa de factura electrónica desarrollado por el SAT, que ahora pude comparar con los sistemas de factura electrónica de otros países, aún de economías más avanzadas; a raíz de participar en el IV Congreso Europeo de Factura Electrónica realizado en Frankfurt Alemania el mes pasado.
El programa de Factura Electrónica Mexicano reúne estándares, reglas y herramientas disponibles a los contribuyentes y proveedores que sienta un verdadero precedente en el mundo, digno de ser analizado en números posteriores. Los invitamos a seguir la serie de artículos que publicaremos a este respecto en los siguientes números.
Hasta la próxima…
|