En los últimos 3 meses se ha intensificado la búsqueda de soluciones calificadas de factura electrónica debido a la creciente presión por parte de las cadenas comerciales como Wal*Mart, Elektra, Home Depot, Liverpool, Chedraui, Soriana y empresas como Seguros MAPFRE Tepeyac, Chrysler, Grupo Corvi y FEMSA entre otros.
Esta creciente demanda se ha agudizado a raíz de la derogación de la Regla II.2.4.6 que elimina los permisos de auto-impresión como un esquema fiscal válido a partir de la publicación de la RMF en el 2009 (Estimado: Mayo 2009).
La primer pregunta con la que frecuentemente nos han recibido estos nuevos prospectos es saber si nuestra solución e-factura está aprobada por el SAT.
Una vez que explicamos que contamos con autorización por el SAT para emitir facturas electrónicas como un tercero autorizado por medio de nuestro Socio estratégico Buzón Fiscal (Diverza) y que hemos implementado más de 60 proyectos de factura electrónica con empresas importantes de nuestra solución e-factura que se clasifica como un sistema para la “emisión por medios propios”, la calma vuelve a nuestros interlocutores.
La confusión se deriva de la intensa campaña que realizan las empresas para emitir comprobantes fiscales digitales como un TERCERO AUTORIZADO así como algunas declaraciones y notas periodísticas que se han publicado con el mensaje que sólo existen 9 empresas autorizadas para la emisión de facturas electrónicas aprobadas por el SAT.
La realidad es que existen 2 esquemas aprobados por el SAT para la emisión de comprobantes fiscales digitales (factura electrónica):
- La emisión por medios propios
- La emisión por medio de un proveedor de servicios autorizado por el SAT.
En el primer grupo, EMISIÓN POR MEDIOS PROPIOS, se ubican las soluciones que son instaladas como parte de la red informática de una empresa y se interconectan por diversos medios y técnicas al ERP con el que opera dicha compañía. En este rubro, la Asociación Mexicana de Estándares de Comercio Electrónico (AMECE www.amece.org.mx) ha jugado un rol muy importante para poner orden en el mercado y evaluar las soluciones que reúnen los requisitos legales y en las que se ha constatado que cumplen con las últimas normas publicadas por el SAT. Estos proveedores por orden alfabético son los siguientes:
- ADEPSA
- AZURIAN
- EDICOM
- EKOMERCIO
- INDICIUM SOLUTIONS
- IT COMPLEMENTS
- MASTER EDI
- PAEBSA
- PEGASO
- SIGNATURE
- SOLUCIONES Y SERVICIOS JB
- SOLUCIONES COMPUTACIONALES INTEGRALES
- SOLUCIONES PARA PROVEEDORES
- TRALIX
- WORKFLOW
La misma AMECE clasifica dos soluciones más como empresas que ofrecen la solución de factura electrónica pero integrada al propio sistema administrativo que comercializan. En esta categoría estás las siguientes dos empresas por orden alfabético:
Estas soluciones son las únicas que han sido validadas en su alcance, contenido, estructura, soporte y funcionalidad por este reconocido organismo (AMECE).
Es interesante comentar que existe un total de 62 soluciones disponibles en el mercado y por ello, un total de 47 proveedores de solución que no se han tomado la molestia de ser validados por este organismo independiente de reconocido prestigio. Esos 47 productos representan un verdadero peligro para quien los contrata sobre todo por el riesgo fiscal que represente el verse involucrado en la posible emisión de comprobantes fiscales apócrifos.
En la categoría de PROVEEDOR DE SERVICIO AUTORIZADO para la emisión de Comprobantes Fiscales Digitales por el SAT se encuentran las siguientes empresas por orden alfabético:
- Buzón E
- Buzón Fiscal
- DCI-Group
- Docu Fact
- e-factura
- EDC invoice
- Edicom
- Interfactura
- Pegaso Digital
Es muy importante informar a nuestros lectores que existen empresas que prestan actualmente servicios de emisión de facturas electrónicas como prestador de servicios sin que hayan sido autorizados por el SAT.
Estas empresas han tratado de refugiarse en el hecho de confundir a sus clientes indicando que el proceso de generación que hacen desde los servidores de aplicación donde se emiten las facturas electrónicas, pueden ser considerados como si fueran parte de la infraestructura de sus propios clientes aunque no forme parte de su propia red.
Estas empresas incurren en una falta grave al emitir facturas electrónicas desde su infraestructura, pero sus clientes son los que tendrán que enfrentar las sanciones del SAT debido a que ellos son los directos responsables por contratar un servicio no autorizado.
Para ponerlo en términos sencillos, contratar este tipo de servicios de empresas no incluidas en la lista aquí proporcionada, equivale a comprar formas pre-impresas de un taller de imprenta no autorizado por el SAT.
En lenguaje coloquial, este tipo de emisión puede ser considerado el equivalente a las facturas de “Santo Domingo”.
A partir de las cifras publicadas por el SAT al 31 de Mayo de 2008, de un total de 31,298,086 facturas electrónicas emitidas en el país, Indicium ha realizado un estudio que indica que el 52% (16,311,218), se ha hecho por medios propios y un 48% (14’986,968) por medio de un tercero autorizado. Ver gráfica adjunta:
De acuerdo a este estudio, las empresas corporativas han adoptado principalmente el modelo de emisión por medios propios mientras que las personas con actividad empresarial como son los agentes de seguros y empresas pequeñas, han optado en su gran mayoría por utilizar los servicios de un tercero autorizado.
Ahora que se ha vuelto un imperativo emitir facturas electrónicas en un cada vez mayor número de empresas en el país, es indispensable tomar en consideración las referencias y certificaciones con que cuenten los proveedores siendo considerados así como darse el tiempo para validar las referencias que cada proveedor proporcione. Estas sencillas medidas precautorias, estamos seguros le evitarán muchos dolores de cabeza.
Hasta la próxima…